Nov

24

CSRD en España: nuevas directrices para el reporte de sostenibilidad 2025

La transposición de la CSRD en España avanza más lentamente de lo previsto, generando incertidumbre en las empresas que deben reportar información de sostenibilidad en 2025. Para ofrecer claridad, la CNMV y el ICAC han publicado un nuevo comunicado conjunto que actualiza las recomendaciones para el ejercicio 2025, especialmente relevante si la legislación española no se ha alineado con la normativa europea antes del 31 de diciembre de ese año.

Este comunicado llega en un momento marcado por cambios profundos en el marco europeo. El paquete normativo “ómnibus”, actualmente en discusión en el Parlamento y el Consejo, busca simplificar las obligaciones, ajustar el alcance de la Directiva y revisar los estándares ESRS. Mientras la UE avanza, las empresas necesitan una hoja de ruta clara para preparar sus próximos informes de sostenibilidad.

Calendario original de aplicación de la CSRD

Año de reporte

Ejercicio reportado

Fase

Empresas incluidas

2025

2024

Fase 1

Grandes entidades de interés público con >500 empleados

2026

2025

Fase 2

Resto de grandes empresas (+250 empleados y/o facturación >50M € y/o activos >25M €)

2027

2026

Fase 3

Pymes cotizadas (excepto microempresas), entidades de crédito pequeñas/no complejas, aseguradoras pequeñas/no complejas

2029

2028

Fase 4

Empresas no europeas con facturación >150M € en la UE y filial/sucursal con determinados umbrales

Calendario actualizado de facto según medidas ya aprobadas

Fase

Situación original

Situación actual (según medidas vigentes)

Fase 1

Reporte en 2025 sobre 2024

Se mantiene. Deben aplicar ESRS siguiendo el marco “quick fix” y la Ley 11/2018.

Fase 2

Reporte en 2026 sobre 2025

Retraso de 2 años (Directiva 2025/794) → Entrarían en aplicación en 2028 sobre 2027.

Fase 3

Reporte en 2027 sobre 2026

Retraso de 2 años (Directiva 2025/794) → Entrarían en aplicación en 2029 sobre 2028.

Fase 4

Reporte en 2029 sobre 2028

Sin cambios confirmados. Mantiene su calendario previsto.

Cambios adicionales potenciales derivados del paquete “ómnibus” (aún en discusión)

  • Reducción del ámbito de la CSRD para aplicarse únicamente a empresas con >1.000 empleados.
  • Eliminación de normas sectoriales específicas.
  • Reducción del volumen de puntos de datos exigidos en ESRS.
  • Refuerzo del estándar voluntario VSME para pymes.

Recomendaciones actualizadas para España en 2025

1. Empresas de Fase 1: grandes entidades de interés público

Las entidades con más de 500 empleados deben publicar su EINF 2025 considerando las ESRS, aplicando exenciones del “quick fix” cuando proceda. Además, deben cumplir íntegramente la Ley 11/2018 y el Real Decreto 214/2025.

2. Empresas de Fase 2: resto de grandes empresas

Estas entidades deben valorar si aplicar ESRS o el estándar voluntario VSME, teniendo en cuenta la Directiva de suspensión temporal y el resto del marco en evolución. Esta recomendación otorga margen de adaptación sin perder alineación con las tendencias europeas.

3. Verificación independiente

Se mantiene lo indicado en 2024: la verificación deberá seguir las directrices de la norma técnica del ICAC, COESA y la ISSA 5000.

Impacto en las empresas y próximos pasos

La actualización del comunicado es una llamada a la anticipación. Las organizaciones deben prepararse para un escenario donde la transposición de la CSRD en España puede no completarse a tiempo, pero donde la exigencia de calidad, coherencia y comparabilidad del reporte sigue creciendo.

Para las empresas de Fase 1, la aplicación de ESRS es prioritaria.

Para las de Fase 2, este es el momento de evaluar recursos, madurez interna y capacidad para adoptar ESRS o acogerse al VSME. Aunque la obligación formal se retrasa, no conviene esperar. Empezar ya a trabajar en el reporte con criterios CSRD —sea bajo ESRS o VSME— permitirá:

  • Evaluar recursos y capacidades internas con tiempo suficiente.
  • Detectar brechas de información, sistemas y control interno.
  • Construir un proceso de reporte fiable y audit-ready antes de que sea exigible.
  • Reducir riesgos regulatorios y reputacionales en el futuro.
  • Alinear la estrategia ESG con estándares europeos, reforzando competitividad y acceso a financiación.

Las empresas que se anticipen contarán con informes más sólidos, procesos más maduros y una transición más fluida cuando la CSRD sea plenamente aplicable.

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