Mar

10

Hibridación de cogeneración y renovables: Retos regulatorios y claves para la industria

En Energía Local acompañamos desde hace años a empresas industriales en su transición hacia modelos energéticos más sostenibles, ayudándolas a reducir emisiones, mejorar la eficiencia y avanzar en sus objetivos de descarbonización.

Nuestra experiencia en proyectos de cogeneración, renovables e hibridación nos ha permitido conocer de primera mano tanto las oportunidades que ofrece el marco regulatorio actual como las dificultades técnicas y administrativas que todavía frenan el despliegue de estas soluciones. En este artículo te contamos qué necesita cambiar para que la hibridación sea una verdadera palanca de transición energética.

La odisea en la hibridación de cogeneración y renovables

El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, modificó la Ley 24/2013 del sector eléctrico para permitir que los titulares de los permisos de acceso de instalaciones de generación de energía eléctrica que hibridasen dichas instalaciones mediante la incorporación de módulos de generación con fuentes renovables o instalaciones de almacenamiento, pudiesen evacuar la energía eléctrica utilizando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida, siempre que la nueva instalación cumpliera ciertos requisitos técnicos.

Más allá de requisitos técnicos, los dos condicionantes más importantes son los siguientes:

  • El titular de las instalaciones hibridadas debe ser el mismo que el titular de los permisos de acceso y conexión y la instalación inicial.
  • La potencia de la instalación que dispone de los permisos no puede ser inferior al 40% de la capacidad de acceso concedida.

Por tanto, mediante un permiso de acceso y conexión ya concedido, se puede verter energía eléctrica de las nuevas instalaciones renovables mediante la actualización de dicho permiso.

De esta manera, se pretende dar una solución a la falta de capacidad de acceso en la red y se da un impulso al desarrollo renovable.

Tras la publicación, numerosas industrias con plantas de cogeneración, dentro de sus planes de descarbonización, se lanzaron a hibridar sus instalaciones con plantas fotovoltaicas.

Tramitaciones en la hibridación

La tramitación de una hibridación se compone de diversas actuaciones que, debido a las elevadas cargas administrativas de las distribuidoras y/o comunidades autónomas, así como a las particularidades propias de la cogeneración, dilatan en el tiempo la puesta en funcionamiento de dichos proyectos.

Los trámites administrativos principales por realizar son los siguientes:

  • Tramitación ambiental
  • Actualización permisos de acceso y conexión
  • Autorizaciones administrativas instalación renovable
  • Puesta en servicio
  • Inscripción en registro administración de instalaciones de producción de energía eléctrica y en registro de autoconsumo.

Como se pude comprobar en la imagen, los trámites se pueden dilatar más de dos años.

El sector demanda cambios para el desarrollo de la hibridación

La experiencia adquirida por Energía Local durante estos casi cinco años nos ha llevado a entender las demandas del sector. Más allá de la problemática de los trámites burocráticos, que se alargan de manera desesperante, ciertas modificaciones ayudarían en el desarrollo de la hibridación con renovables y, por tanto, en la senda de descarbonización de las industrias.

Modificación de las configuraciones singulares

Actualmente las instalaciones que disponen de una configuración singular de medida, derivadas de la aplicación del punto 6 de la disposición adicional primera del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, no pueden hibridar manteniendo la configuración de medida actual si la inclusión de nueva generación lleva consigo la necesidad de revisar dicha configuración, puesto que la fecha límite para dichas solicitudes finalizó a finales de 2022. En todo caso, será necesario adaptarse a la medida, lo que conllevará costes asociados que podrían inviabilizar la inversión de la instalación renovable.

Efectivamente, el Real Decreto 1183, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica limitó, en su disposición adicional tercera, la posibilidad de solicitar la actualización de la configuración más allá de dos años tras su entrada en vigor, fecha que sucedió en diciembre de 2022.

Por tanto, el sector está solicitando que se abra la posibilidad de actualizar las configuraciones singulares de medida, lo que favorecerá el desarrollo y reducirá costes.

Operativa de las instalaciones

Actualmente, la regulación aplicable a la hibridación permite el funcionamiento de la cogeneración en régimen de venta de toda la energía (todo-todo), siempre que estuviera en dicho régimen antes de la entrada en vigor del RD1183, o en autoconsumo y la instalación hibridada en autoconsumo con excedentes.

De esta manera se está limitando que una instalación de cogeneración pueda escoger entre funcionar en todo- todo o en autoconsumo estando hibridada, si antes de diciembre de 2020 estaba en autoconsumo.

Por otro lado, el último borrador que existe de subastas de cogeneración obliga a funcionar en autoconsumo, cumpliendo con unos niveles mínimos de consumo del 30% de la generación de la cogeneración.

Aquellas empresas que ya han hibridado o están en proceso de hacerlo, pueden tener problemas para el cumplimiento de ese 30% debido al propio autoconsumo de la instalación renovable, por lo que si, finalmente se mantiene esa obligación, se debería posibilitar que la instalación fotovoltaica funcione vertiendo toda la producción a la red.

Por último, la posibilidad de funcionar con la instalación fotovoltaica en autoconsumo sin excedentes facilitaría la tramitación, reduciendo plazos en más de un año, al no ser obligatorios los trámites de acceso y conexión ni los trámites de puesta en servicio indicados anteriormente. Esto no se considera estrictamente hibridación puesto que la instalación renovable no necesita el permiso de acceso, pero actualmente no está permitido por la interpretación que desde el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Democrático se hace del punto de instalación del sistema antivertido en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

Así, el sector demanda la libertad de poder escoger cualquier régimen de funcionamiento de ambas instalaciones, lo que permitiría impulsar el desarrollo fotovoltaico en las industrias con cogeneración.

Mantenimiento de los permisos de acceso

Por último, uno de los condicionantes para la posibilidad de hibridar es que se mantenga la condición de ser la misma instalación que obtuvo los permisos de acceso y conexión (misma tecnología) y que la potencia de dicha instalación no sea menor que el 40% de la capacidad de acceso y conexión.

De esta manera, si en el futuro una cogeneración que ha hibridado, al finalizar su vida quiere darse de baja del registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica y desmantelarla, perdería los permisos de acceso y, por tanto, la instalación fotovoltaica con la que está hibridada no puede verter los excedentes a la red y debería solicitar permisos nuevos.

Por tanto, se está solicitando que los permisos de acceso y conexión de una planta de cogeneración hibridada que ha perdido el régimen retributivo puedan ser traspasados a la instalación renovable.

Estos tres puntos se consideran estratégicos para el desarrollo definitivo de la hibridación en industrias con cogeneración.

Compartir
Tweet
Compartir
Compartir
Email
Energia Local
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.