Webinar: Sistema CAE, una oportunidad para impulsar la eficiencia energética

sistema cae

En Energía Local creemos en la importancia de la formación y el constante aprendizaje, especialmente al sector energético, un sector que se caracteriza para estar en constante evolución.  

Durante este mes de abril, nuestro equipo experto ha realizado el Webinar sobre el sistema CAE y la oportunidad de impulsar la eficiencia energética.  

Si no pudiste asistir, en este artículo te explicamos toda la información aportada y las conclusiones más destacadas. 

El sistema de Certificados de Ahorro Energético  

El Sistema CAE, conocido como sistema de Certificados de Ahorro Energético, es una estructura de mercado que pretende impulsar el ahorro y la eficiencia energética. Se trata de una alternativa más ágil y transversal que las ayudas financiadas con fondos procedentes de FNEE y persigue lograr los objetivos fijados de ahorro para el año 2030.  

El Sistema CAE se establece en el Real Decreto 36/2023 y se desarrolla con la Orden TED/815/2023 y la Orden TED/845/2023 con la aprobación de un catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética que se va actualizando y modificando a lo largo del tiempo. 

Las características del sistema CAE y sus agentes 

El SNOEE (Sistema Nacional de Obligaciones de Ahorro Energético) establece para comercializadoras de gas, electricidad y operadores de productos petrolíferos y de gases licuados del petróleo al por mayor unas obligaciones anuales de ahorro energético. La entrada en funcionamiento del sistema CAE es una alternativa por estos sujetos obligados para que puedan cumplir con sus obligaciones anuales de ahorros a través de certificados de ahorro energético (CAE), en vez de hacerlo con aportaciones monetarias.  

Cada CAE equivale a 1 kWh/año y acredita el ahorro energético que se ha originado gracias a una actuación. Su valor dependerá de la equivalencia financiera, el cual se fija anualmente (182,73 €/MWh para el 2024), y responde al precio al cual se valoran las obligaciones de eficiencia de los sujetos obligados.  

El sistema CAE contempla dos tipos de actuaciones: las estándar y las singulares. Mientras las actuaciones estándares se caracterizan para estar estructuradas por fichas y sectores, y se tienen que ajustar al 100% a la descripción; las actuaciones singulares no se encuentran en el catálogo de medidas estándares y todavía no está definido cómo se calculará el ahorro energético en estas (Protocolo IPMVP). Las actuaciones se encuentran clasificadas dentro de los siguientes sectores: el industrial, de transporte, servicios, residencial y agricultura..  

Una cuestión a destacar es si las ayudas por CAE son compatibles con otras ayudas de eficiencia. Si estas son financiadas con dinero del FNEE, no son compatibles, pero si vienen de otros fondos, como el caso del PERTE, sí que son compatibles. 

¿Quiénes son los agentes del CAE?  

En cuanto a sus principales agentes, cabe destacar 6 figuras:  

Los sujetos obligados y los sujetos delegados  

Se trata de los únicos agentes que pueden disponer de CAEs. Los sujetos obligados tienen que aplicar una cuantía de ahorros energéticos anuales en función de su volumen y pueden hacerlo mediante un nuevo paradigma con los certificados de ahorro energético, en vez de realizar aportaciones económicas.  

Por otro lado, los sujetos delegados son dinamizadores del sistema y adoptan parte de las obligaciones de los sujetos obligados, puesto que buscan actuaciones de eficiencia energética susceptibles de contar con CAEs.  

Propietarios de los ahorros  

Es la figura que lleva a cabo la inversión.  

Verificadores  

Son empresas acreditadas por la ENAC. Su tarea consiste en asegurar el correcto funcionamiento y gestión de este sistema.  

Gestor autonómico y coordinador nacional  

Se trata de figuras reguladas que se encargan de validar la actuación.  

Intermediarios  

Son figuras no reguladas que realizan tareas comerciales como, por ejemplo, conseguir los CAE para los sujetos obligados y delegados. 

El funcionamiento del sistema CAE 

Sobre el funcionamiento del sistema CAE es importante destacar que puede aplicarse EN actuaciones ejecutadas a partir del 26 de enero del año 2023 y pueden registrarse hasta 3 años después de que esta actuación empiece a generar ahorros energéticos.  

Antes o después de efectuar la actuación, el propietario de los ahorros tiene que cederlos a un sujeto delegado u obligado a cambio de una remuneración económica a través del llamado convenio CAE.  

Cabe destacar que en el supuesto de que la actuación la realice una ESE, el convenio CAE lo tiene que firmar el sujeto delegado u obligado con el propietario de ahorros energéticos, mientras que en el contrato privado tiene que reflejar que el consumidor cede los ahorros que supone esta actuación a la ESE.  

Una vez formalizado el convenio CAE, el sujeto delegado u obligado tiene que recopilar toda la información necesaria para justificar el ahorro energético de la actuación y contratar un verificador porque lo certifique.  

Más adelante, el sujeto delegado u obligado solicita a las CC.AA. la emisión del CAE a través de la plataforma para que el gestor autonómico lo valide y haga la preinscripción de los CAEs en el Registro Nacional. Es en este punto cuando el coordinador nacional incorpora definitivamente los CAE al Registro Nacional.  

Finalmente, se realiza la compra, venta y liquidación de los CAEs. Hay que considerar que el coordinador nacional puede gestionar las inspecciones y controles para velar por el correcto funcionamiento del sistema. 

¿Qué conclusiones extraemos?  

Una de las principales conclusiones de nuestro Webinar sobre el sistema CAE y que hay que tener presente es que las actuaciones que no reportan ahorro energético, por ejemplo, de energías renovables, no pueden obtener CAEs.  

También destacamos que los ingresos con CAEs pueden representar entre un 0,5% y un 15%, a pesar de que, en algunos casos, pueden llegar al 90%. De hecho, las actuaciones con las cuales se pueden obtener mayores ingresos son las relacionadas con recuperación de energías residuales o en las cuales la energía recuperada se convierte en ahorro.  

Para acabar, en cuanto a la tramitación, es fundamental tener en cuenta la importancia de justificar correctamente el estado y el consumo de la infraestructura anterior a la ejecución. Por eso, se tendrá que conservar todos aquellos registros de consumo de periodos anteriores. 

Te ayudamos en Energía Local  

Desde Energía Local podemos orientarte en la identificación de medidas de ahorro a través de nuestro servicio de auditoría energética, así como con los estudios de viabilidad técnica.  

Además, en relación con el cálculo del ahorro energético, nos encargamos de recopilar información relativa a la medida, determinar los ahorros energéticos a través de las fichas o el protocolo IPMVP, y preparar la documentación necesaria para la justificación de los ahorros. También puedes beneficiarte de nuestros servicios como tenders con sujetos obligados y delegados, comparando ofertas y revisando tu convenio CAE.  

Si necesitas un asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nosotros 

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